Buscador de Ortopedias

Encuentra tu ortopedia con licencia y personal cualificado entre nuestros asociados

Buscador de Ortopedias

Encuentra tu ortopedia con licencia y personal cualificado entre nuestros asociados

El curso para Pymes de FEDOP hizo hincapié en la nueva Regulación de Protección de Datos

El curso para Pymes organizado por Campus FEDOP destacó la nueva Regulación General de Protección de Datos (RGPD o GPDR por las siglas en inglés de General Protection Data Regulation) , de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo.

El curso para Pymes organizado por Campus FEDOP destacó la nueva Regulación General de Protección de Datos (RGPD o GPDR por las siglas en inglés de General Protection Data Regulation) , de obligado cumplimiento a partir del 25 de mayo, para todos los países de la Unión Europea y para todas las personas o empresas que presten su actividad o vivan en ellos, sin importan su bandera de procedencia. La cita tuvo lugar en la sede de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) de Madrid el pasado 21 de mayo. Los ponentes fueron: Francisco Llanos, Raúl Gallardo y José Manuel Sánchez-Cervera.

La charla sobre la nueva Regulación de Protección de Datos fue impartida por José Manuel Sánchez-Cervera de la empresa Due Corporación, con quien FEDOP mantiene un acuerdo de colaboración para que sus asociados puedan contratar sus servicios. El experto explicó cómo la normativa ha modificado la Ley Orgánica de Protección de Datos (LODP). “La ley española se ha adaptado para cumplir con la europea. Las nuevas normas tienen la importante misión de blindar a los ciudadanos ante el manejo que se hace de sus datos”, añadió. Sánchez-Cervera subrayó que, con el nuevo Reglamento desde las empresas, se necesitará la aceptación “específica e inequívoca” de que el usuario quiere seguir recibiendo esa información. En cuanto a las sanciones, que también sufren modificaciones, conllevarán el 4% de la facturación de la empresa frente a las anteriores que oscilaban entre los 900 y los 600 mil euros.

Los asistentes al curso, trabajadores de ortopedias socias de la Federación Española de Ortesistas Protesistas para quienes la formación fue totalmente gratuita, valoraron muy positivamente la jornada. Entre las materias tratadas, destacó la nueva regulación para los autónomos, el IVA en los productos de ortopedia, el nuevo reglamento de protección de datos o la facturación electrónica. Los alumnos calificaron de “muy interesantes” los temas elegidos por los organizadores para el curso dedicado a las pequeñas y medianas empresas del sector de la ortopedia.

La primera ponencia sobre la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo de 2017 fue impartida por el abogado de FEDOP, Francisco Llanos. El letrado repasó algunas de las medidas clave del texto, como la ampliación de la tarifa plana de 50 euros, la deducción de suministros y dietas o la flexibilización de la cotización en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), en especial de los societarios y de los jubilados con empleados. Además, el experto destacó las propuestas para favorecer la contratación laboral y la conciliación familiar. “La reforma ha pretendido apoyar el desarrollo de la actividad emprendedora en los términos más adecuados al colectivo de autónomos”, aseguró Llanos. Además, hizo hincapié en que muchas modificaciones de la Ley dependerán de los presupuestos generales del Estado.

En cuanto a la bonificación en la cuota de autónomos, señaló que la ampliación de la tarifa plana hasta 24 meses aporta facilidades para contratar a un técnico ortoprotésico como trabajador autónomo en una ortopedia. La tarifa se establece en 50 euros durante los doce primeros meses con descuentos sobre la base de cotización mínima del 50% y del 30% en los siguientes seis y seis meses, respectivamente. Las deducciones fiscales también fueron otro de los temas interesantes de la jornada con la novedad de esa deducción por gastos de suministros y por seguro de enfermedad y por manutención o dietas. Los recargos por retraso en el pago de las cuotas también tienen una reducción del 50%, desde el 20% anterior, al 10% actual.

En lo referente a la posibilidad de contratar familiares, el autónomo podrá escoger el contrato como colaboradores. También señaló que ha desaparecido el concepto que impedía que pudieran vivir en el mismo domicilio familiar. La principal ventaja de ser autónomo colaborador es que, al no figurar como obligado tributario en Hacienda, queda exento de las obligaciones fiscales trimestrales por lo que no es necesario presentar declaraciones ni impuestos trimestrales de IVA e IRPF, que son obligación del autónomo titular del negocio. Por tanto, el autónomo colaborador tan sólo tendrá que presentar anualmente su declaración de IRPF, como cualquier otro trabajador y pagar los impuestos que correspondan en base a los ingresos obtenidos, que deberán estar justificados por los correspondientes recibos o nóminas. Otro de los asuntos tratados fue el del IVA de los productos de ortopedia. En función del tipo de producto llevarán asignados el 21% o el 10% y en función de las personas, el 4%, explicó Francisco Llanos.

El capítulo sobre la facturación electrónica estuvo dirigido por Raúl Gallardo, gerente de la empresa de software para ortopedias, Ortogest. El experto aseguró que “una factura electrónica es, ante todo, una factura”. Es decir, cuenta con los mismos efectos legales que el documento en papel. Se trata de un justificante de la entrega de bienes o la prestación de servicios. “Una factura electrónica es una factura que se expide y recibe en formato electrónico”. Además, subrayó que es importante destacar que la expedición de la misma está condicionada al consentimiento de su destinatario. “La factura electrónica, por tanto, es una alternativa legal a la tradicional en papel”, añadió.

La normativa que regula los establecimientos de ortopedia fue otro de los asuntos abordados durante el curso. De nuevo, Francisco Llanos, despejó algunas dudas sobre este tema. “El concepto de fabricación a medida no está incluido en la definición de establecimiento sanitario”, recalcó durante su explicación. Algunas comunidades autónomas carecen de norma para dicha regulación, por lo que se remiten a la normativa nacional.

Aún sin comentarios
Publicar un comentario

Contact to Listing Owner

Captcha Code