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El Servicio de Salud de Baleares destinará 1,4 millones de euros a evitar que los ciudadanos adelanten dinero para material ortoprotésico

Baleares, 14 de diciembre, 2020

El Consell del Govern balear ha autorizado la prórroga de la resolución que aprobó el Servicio de Salud el 2 de noviembre de 2017 para mejorar la accesibilidad de los ciudadanos a determinadas prestaciones de material ortoprotésico, como por ejemplo […]

El Consell del Govern balear ha autorizado la prórroga de la resolución que aprobó el Servicio de Salud el 2 de noviembre de 2017 para mejorar la accesibilidad de los ciudadanos a determinadas prestaciones de material ortoprotésico, como por ejemplo prótesis externas, sillas de ruedas eléctricas y accesorios o audífonos (que suele ser el material de importe más elevado). Antes de que se aprobase la Resolución, las personas que necesitaban estas prestaciones tenían que adelantar el importe del material ortoprotésico prescrito y después solicitar el reembolso al Servicio de Salud. La prórroga autorizada tiene un presupuesto de 1.400.000 €.

El dinero que han dejado de adelantar los ciudadanos corresponde a unos 390 artículos y representa aproximadamente un 20% del gasto global en material ortoprotésico del Servicio de Salud. Hay que tener en cuenta que comprar este tipo de material representa un gasto importante y difícilmente asumible para la mayoría de los usuarios afectados. Es por este motivo que “el Servicio de Salud balear apuesta por facilitar y garantizar el acceso de los ciudadanos a estas prestaciones y da un paso más para dar cada día un mejor servicio a la ciudadanía”, según apuntan desde el Govern.

La cartera de servicios comunes de la prestación ortoprotésica está regulada por el Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para actualizarla. Además, con el Decreto 41/2009, de 26 de junio, se aprobó el catálogo de material ortoprotésico de las Illes Balears, que incluye los artículos, la financiación a cargo de la Administración sanitaria, la aportación del usuario, etc., y se regula la forma en que el Servicio de Salud debe facilitar el material a los pacientes incluidos en su ámbito de cobertura.

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